FAQ (Frequently Asked Questions)


    1. Si voy a presentar un examen extraordinario de Redes de datos seguras o Administración de redes ¿Debo presentar también un examen extraordinario del laboratorio?


    R= Si ya acreditaste el laboratorio solamente presentarás el examen extraordinario teórico de la asignatura, si el laboratorio no lo has acreditado sí debes presentar un examen extraordinario práctico correspondiente al laboratorio

    2. Si presento un examen extraordinario del laboratorio y lo acredito ¿se considera que ya tengo el laboratorio aprobado?

    R= No, un examen extraordinario del laboratorio aprobado solamente es válido durante el periodo que se presentó y aprobó el examen (primero, segundo o tercer periodo de exámenes extraordinarios), por lo tanto, si no acreditaste el examen teórico de la asignatura, debes presentar nuevamente un examen extraordinario del laboratorio.

    3. Si no recuerdo mi calificación del laboratorio, se la puedo solicitar al Laboratorio de Redes y Seguridad?

    R= No, el Laboratorio de Redes y Seguridad no maneja las calificaciones de los alumnos que cursan los laboratorios impartidos en él, para saber tu calificación debes acercarte al Departamento de Computación

    4.¿Con cuánto tiempo de antelación debo solicitar que me programen un examen extraordinario práctico del laboratorio?

    R= Debes solicitarlo mínimo con una semana de antelación a tu examen extraordinario teórico

    5. ¿A dónde debo acudir para que me programen un examen extraordinario práctico del laboratorio?

    R= Debes solicitárselo vía correo electrónico a la administradora del laboratorio, M.C. Cintia Quezada Reyes e-mail:cintia@fi-b.unam.mx, es indispensable que adjuntes el comprobante correspondiente de la inscripción al examen extraordinario de la asignatura

    6. Si no he acreditado el laboratorio y tampoco presenté el examen extraordinario práctico del laboratorio ¿Puedo acreditar la asignatura solo realizando el examen extraordinario teórico?

    R= No, es requisito indispensable acreditar la parte práctica previamente para que se califique el examen extraordinario teórico